Descripción
Solicitud que realiza el cliente para instalar una antena de comunicación en un predio privado.
Requisitos
1. Formato de solicitud de servicio. En descripción indicar empresa de telecomunicaciones ó entidad con nombre y NIT a quien queda la cuenta, el nombre del contratista a cargo de la instalación, cuenta padre y/o dirección de entrega de la factura. Descargar aquí
2. Cámara y Comercio del contratista.
3. Fotocopia legible de la cédula, contraseña o certificado de documento en trámite del representante legal del contratista.
4. Fotocopia legible de la matrícula profesional del Ingeniero o Tecnólogo firmante del diseño.
5. Fotocopia Matrícula profesional del declarante cuando se presenta declaración de cumplimiento.
6. Declaración de cumplimiento o Certificación plena (Declaración de cumplimiento + Dictamen de inspección) según RETIE.
- Si presenta declaración de cumplimiento debe presentar el Diseño y fotocopia de la matrícula profesional del Ingeniero o Tecnólogo firmante del diseño.
- Si presenta certificación plena debe presentar fotocopia del diseño utilizado en la certificación.
7. Diseño Eléctrico según RETIE (excepto provisionales):
8. Permiso del propietario o contrato de arrendamiento del predio autorizando la instalación
9. Permisos urbanísticos:
Antenas nuevas o instaladas con posterioridad al Decreto distrital 397 de 2017 (15 de agosto de 2017): se debe solicitar el permiso de instalación de la entena expedido por la Secretaría Distrital de Planeación. Si la antena no requiere permiso por estar en las excepciones previstas en el artículo 13 del Decreto distrital 805 de 2019 se debe aportar la comunicación radicada en la Secretaría Distrital de Planeación mediante la cual se informó la instalación de la antena.
Antenas anteriores al Decreto 397 de 2017 (15 de agosto de 2017): Se debe solicitar permiso de instalación de la antena o, en su defecto, comunicación en la que el propietario de la antena declara que la se trata de una infraestructura instalada con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 397 de 2017 y que han cumplido con lo previsto en la normatividad vigente para su instalación y funcionamiento.
10. Licencias de construcción cuando para la instalación de la antena se requiera la construcción, ampliación, modificación o demolición de una edificación, o el cerramiento permanente del predio en donde se va a ubicar la misma.
Para las solicitudes de antenas de telecomunicación en predios NO se requerirá licencia de construcción cuando se trate de un cerramiento parcial al interior del predio con el fin de rodear la antena de comunicaciones y de los elementos que la conforman.
Canales de atención
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