Descripción
Trámite que se realiza para dar aplicación al decreto 2287 de 2004, (Subsidio sobre el valor de contribución) a las entidades prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado por consumo de energía eléctrica que sea utilizado específicamente en las actividades operativas inherentes a la propia prestación del servicio público a su cargo.
Requisitos
1. Documento público de prueba de la existencia y constitución de la persona jurídica, en el cual se puede comprobar la naturaleza de ser, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá o del municipio respectivo, o un ente autorizado para tal fin, con una vigencia no mayor a noventa (90) días. La dirección de la certificación debe coincidir con la dirección de la cuenta.
2. Solicitud por escrito firmada por el solicitante.
3. Inspección en la que se determine que el medidor registra la actividad industrial, para lo cual se requiere formato de aceptación de cobros de inspección firmado por el cliente. Descargar aquí
Canales de atención
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