Beneficio tributario entidades de salud sin ánimo de lucro
Descripción:
Corresponde a solicitud de exención de contribución a entidades prestadoras del servicio de salud tales como hospitales, clínicas, puestos y centros de salud sin ánimo de lucro.
Requisitos:
Carta solicitud expresa del interesado de aplicación de la exención y autorización de inspección. Descargue aquí
Certificación expedida por la Secretaría de Salud que la acredite como entidad prestadora del servicio de salud. Vigencia no mayor a 4 años. La dirección de la certificación debe coincidir con la dirección de la cuenta.
Documento público en el cual se puede comprobar la naturaleza de ser sin ánimo de lucro, expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá o del municipio respectivo, o un ente autorizado para tal fin.
Inspección en la que se determine que en el predio se realiza a actividad de prestación de servicios de salud.